Licitación para el servicio telefónico convencional para el ejercicio fiscal 2026. Las proposiciones se presentarán y aperturarán electrónicamente a través de la plataforma Compras MX. El contrato se adjudicará a un solo licitante. No se otorgará anticipo. La forma de pago será en moneda nacional, dentro de los 17 días hábiles siguientes a mes vencido. Se requiere una garantía de cumplimiento del 10% del monto total del contrato. El criterio de evaluación será por puntos y porcentajes, con un mínimo de 45 puntos para la propuesta técnica.
La vigencia de la contratación será a partir de la notificación de fallo y hasta el 31 de diciembre de 2026.
Los pagos se realizarán en moneda nacional, dentro de los 17 días hábiles siguientes a mes vencido a la presentación para su revisión del comprobante fiscal digital por internet factura correspondiente, una vez otorgado el visto bueno de la recepción del servicio, durante toda la vigencia del contrato.
El licitante adjudicado deberá presentar una garantía de cumplimiento divisible de las obligaciones contractuales y legales del contrato dentro de los diez 10 días naturales siguientes a la firma del instrumento jurídico, por un importe del 10 diez por ciento del monto total del contrato, sin considerar el I. V. A. , a favor del CONAFE.
El criterio que se aplicará para la evaluación de las proposiciones será por puntos y porcentajes. La adjudicación del contrato será por partida única, al licitante cuya proposición resulte solvente por reunir las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
Las personas físicas y morales interesadas en participar en el presente procedimiento de contratación deberán estar inscritas en el registro electrónico de personas físicas y morales, y mantener actualizada la información que le sea requerida.
En caso de no presentar los documentos mencionados en la sección de entregables, se aplicará una pena convencional del 2% sobre pago mensual sin incluir el IVA. En caso de que la instalación de un componente del servicio no sea instalado dentro de los 30 días hábiles posteriores a la adjudicación del contrato o a la solicitud de instalación, se aplicará una pena convencional del 2% sobre pago mensual sin incluir el IVA.
No procederá recurso alguno contra el fallo, sin embargo, procederá la inconformidad en términos del título séptimo, capítulo primero de la ley.
La convocante procederá a desechar las proposiciones que se encuentren en alguno de los casos establecidos en el numeral 4. 4, como la falta de presentación de manifiestos o escritos requeridos, incumplimiento de requisitos que afecten la solvencia, acuerdos para elevar el costo, servicios inferiores a lo solicitado, discrepancia entre propuestas, falta de firma electrónica, o exceder la suficiencia presupuestal.