Se convoca a la adquisición de gas cloro en tanques de diversas medidas para el ejercicio fiscal 2026. La participación será electrónica a través de la plataforma Compras MX. El contrato tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026. El pago se realizará contra entrega de los bienes. No aplica la participación de testigo social. El criterio de adjudicación es binario. La presentación de proposiciones será el 4 de agosto de 2026. No se realizará visita a las instalaciones.
El plazo de entrega de los bienes será suministrado en tanques contenedores de diversas capacidades de acuerdo al calendario como se indica en el numeral 9. plazo de entrega y vigencia del contrato del anexo uno especificaciones técnicas de la presente convocatoria.
El organismo cubrirá el pago de los bienes objeto de la presente contratación, de acuerdo a lo que el licitante adjudicado acredite efectivamente haber entregado a entera satisfacción del administrador del contrato, conforme a lo establecido en el numeral 12. forma de pago del anexo uno especificaciones técnicas de la presente convocatoria.
El licitante que resulte adjudicado se obliga a constituir una garantía de cumplimiento de conformidad con los artículos 69, fracción II y 70, fracción I de la Ley, conforme al numeral 26. garantía de cumplimiento del anexo uno especificaciones técnicas de la presente convocatoria.
La presente invitación se adjudicará de acuerdo con el resultado obtenido mediante el criterio de evaluación binario, después de haber acreditado los requisitos mínimos indispensables de participación, en su caso.
Los licitantes deberán acreditar su existencia legal y, en su caso, la personalidad jurídica de su representante, mediante el envío a través de la plataforma Compras MX de un escrito en el que el firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o a nombre de su representada.
Las penas convencionales aplican por atraso en la entrega de los bienes, conforme a lo establecido en los artículos 75 de la Ley y 141 y 142 de el Reglamento, las cuales se especifican en el numeral 24. penas convencionales del anexo uno especificaciones técnicas de la presente convocatoria.
Contra el fallo no procederá recurso alguno, sin embargo, procederá la inconformidad en términos del título séptimo, capítulo primero de la Ley.
Se desechará a los licitantes que incurran en alguna de las siguientes situaciones: si no cumplen con todos los requisitos obligatorios y especificaciones establecidos en la presente convocatoria, sus formatos y anexos, siempre y cuando dicho incumplimiento afecte la solvencia de la proposición.