Licitación pública presencial para contratar el servicio de acarreo de agua potable mediante contrato abierto. Se requiere mínimo 25 camiones cisterna con chofer y combustible. Servicio de lunes a sábado de 8:00 a 19:00 hrs. No se otorga anticipo. Pago a más tardar 20 días hábiles después de la prestación del servicio. Garantía de cumplimiento del 10% del valor del contrato. Costo de participación: $1,**** M. N. Junta de aclaraciones el 30/09/2026 y apertura de propuestas el 06/10/2026. Criterio de adjudicación: menor precio. No se requieren muestras ni pruebas.
El servicio se presta de lunes a sábado en horario de 8:00 a 19:00 horas, según necesidades del área requirente. deberá prestar sus servicios de lunes a sábado en un horario de 8:00 horas a las 19:00 horas.
Pago a más tardar 20 días hábiles después de la prestación del servicio. el pago de los bienes se hará por la convocante a más tardar a los 20 días hábiles siguientes a la prestación del servicio.
Garantía de cumplimiento del 10% del valor del contrato sin IVA, mediante cheque de caja, certificado, depósito, fianza o carta de crédito. por un importe equivalente al 10% del valor del contrato sin incluir el I. V. A.
Se adjudicará a la propuesta solvente con el precio más bajo. se utilizará el criterio binario. . . y oferte el precio más bajo.
Se requiere registro vigente en el padrón de proveedores del gobierno del estado de Chihuahua 2026, constancia de situación fiscal, opiniones de cumplimiento fiscales y de seguridad social. certificado de registro vigente en el padrón de proveedores de bienes y servicios del gobierno del estado de chihuahua.
Penalización del 1% diario del importe de los bienes no presentados, sin exceder la garantía de cumplimiento. a razón del 1% diario del importe de los bienes o servicios no presentados.
No se requieren muestras ni pruebas. no es necesario presentar muestras ni la realización de pruebas.
Las inconformidades deben apegarse a los artículos 56, 113 y 114 de la ley de adquisiciones del estado de Chihuahua. deberán apegarse a los términos de los artículos 56, fracción xii, 113 y 114 de la ley.
Se descalifica por no cumplir requisitos, falta de firmas, ausencia de folios, documentos incongruentes, o no considerar acuerdos de la junta de aclaraciones. si no cumple con alguno de los requisitos especificados en las bases.