Servicio de emisión de dictámenes de seguridad estructural para 10 inmuebles de la SEP, bajo modalidad de precios unitarios. Plazo de ejecución: 58 días naturales. No se otorgará anticipo. Pago en una sola exhibición contra entrega total de dictámenes. Garantía de cumplimiento del 10% y de vicios ocultos por 12 meses. Visita al sitio optativa el 29/09/2026. No habrá junta de aclaraciones. Apertura de proposiciones el 01/10/2026. Fallo el 07/10/2026. Criterio de adjudicación: binario, precio más bajo. Se requiere inscripción en el Registro Único de Contratistas y REPSE.
El plazo de ejecución es de 58 días naturales, iniciando el día hábil siguiente a la notificación del fallo, según el numeral 3. 3: el plazo de ejecución será de 58 días naturales.
La SEP pagará en una sola exhibición contra la entrega total de los dictámenes, mediante transferencia electrónica. El pago se realizará en un plazo no mayor a 20 días naturales: será pagada por la sep, en un plazo no mayor a veinte días naturales.
Se requiere fianza de cumplimiento del 10% del importe total del contrato y garantía de vicios ocultos por 12 meses, según el numeral 10: garantizar el cumplimiento del contrato mediante fianza por el 10 diez por ciento del importe total del mismo.
El criterio es binario, adjudicando al que oferte el precio más bajo: aplicará el mecanismo binario, mediante el cual sólo se adjudicará a quien cumpla las condiciones legales y técnicas. . . y oferte el precio más bajo.
Se requiere ser de nacionalidad mexicana, estar inscrito en el Registro Único de Contratistas y presentar documentación legal y administrativa, como acta constitutiva, constancia de situación fiscal y opiniones de cumplimiento.
El numeral 23 menciona retenciones y penas convencionales, pero no se detallan los montos o condiciones específicas en el texto proporcionado.
La visita al sitio es optativa, se realizará el 29 de septiembre de 2026 en tres rutas simultáneas: la asistencia será optativa para los interesados de conformidad con el artículo 38 del reglamento.
Contra el fallo no procede recurso, pero sí inconformidad según la LOPSRM: procederá la inconformidad en términos del título séptimo, capítulo primero de la lopsrm.
Las causas de desechamiento incluyen falta de documentos, información falsa, incumplimiento de requisitos legales, técnicos y económicos, y no presentar el registro REPSE vigente, entre otras.