Contratación de servicio de internet dedicado simétrico (2 gbps, fibra óptica) para el TecnolAgico de Estudios Superiores de San Felipe del Progreso. La participación es electrónica vía Compras MX. La adjudicación se basa en un criterio binario de calidad y costo. El plazo de entrega es del 01 de octubre al 31 de diciembre de 2026. La propuesta debe ser técnica y económica. Se requiere garantía de cumplimiento del 10% del contrato.
Dentro del periodo comprendido del 01 de octubre al 31 de diciembre del 2026.
Dentro de los 17 dAas naturales posteriores a la fecha de ingreso ante el departamento recursos financieros del tecnolAgico de estudios superiores de san felipe del progreso de la factura, que de acuerdo a los bienes suministrados a entera satisfacción presente, previa recepción de los bienes a entera satisfacción del área usuaria.
DeberA entregarla el oferente que resulte adjudicado, dentro del plazo de diez 10 dAas hAbiles posteriores a la suscripción del contrato, con vigencia de seis 6 meses, en su momento y de ser el caso, la persona adjudicada, presentarA los endosos modificatorios de la garantAa, con vigencia hasta la total extinción de sus obligaciones.
El criterio de evaluación de las propuestas que se aplicara en el presente procedimientos adquisitivos serA el binario que cumplan en calidad, costo y sean favorables al tecnolAgico.
Los oferentes deberAn presentar sus propuestas tAcnica y econAmica de manera electrAnica a travAs de la plataforma compras mx conforme a los requerimientos tAcnicos, econAmicos, legales y administrativos solicitados.
Por la demora en la fecha de la entrega de los bienes, objeto del contrato, serA sancionado el proveedor con una pena convencional del tres al millar sobre la parte proporcional del importe de los bienes entregados en mora, por cada dAa de atraso que en ningA±n caso podrA ser superior, en su conjunto, al monto de la garantAa de cumplimiento.
La omisión o incumplimiento de alguno de los requisitos, documentos o lineamientos establecidos en las presentes bases, asA como no indicar de manera textual las condiciones comerciales y econAmicas en los tArminos de los puntos 1. 11. y 1. 12. de estas bases.