La licitación es de carácter nacional y se realiza por lote único. Se requiere la adquisición de unidades móviles especializadas (tortillería, cocina, tanques de agua). El pago se realizará en una sola exhibición dentro de los 20 días naturales posteriores a la recepción a entera satisfacción. El proveedor adjudicado debe presentar garantía de cumplimiento del 10% del monto total. Las penas convencionales por atraso son del 5 al **** del monto contratado por día de demora. La presentación de propuestas es presencial. Las especificaciones técnicas son detalladas en el apartado a de las bases.
La entrega debe realizarse en un plazo de 90 días, según lo establecido en el acuerdo a lo natural establecido en las presentes bases.
El pago se realizará en una sola exhibición, dentro de los 20 días naturales y hasta antes del 31 de diciembre de 2026, posterior a la recepción de los entregables a entera satisfacción.
El proveedor deberá garantizar todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas del contrato, equivalente al 10 diez por ciento del monto total adjudicado.
La adjudicación se realizará por lote, y el lote único se adjudicará al licitante que ofrezca las mejores condiciones para el estado.
Los licitantes deben estar al corriente de sus obligaciones fiscales y su objeto social debe estar relacionado con las adquisiciones, arrendamientos o servicios objeto del procedimiento.
La penalización por atraso es del cinco al millar del monto contratado, por cada día natural de demora a partir del día siguiente de la fecha pactada para la entrega.
La convocante y el área técnica se reservan el derecho de realizar visitas a las instalaciones de los licitantes.
No se requiere la presentación de muestras físicas.
Los inconformes pueden inconformarse por escrito ante la función pública dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que éste ocurra o se notifique al inconforme de la realización del mismo.
Se desechan las proposiciones si el licitante no haya dado cumplimiento a lo establecido por los artículos 48 segundo párrafo y 50 de la ley.