Licitación pública presencial nacional para la construcción de domo y cancha en escuela secundaria. Plazo de ejecución de 30 días naturales, inicio estimado el 02/12/2026. Se otorga anticipo del 40%. Las propuestas se presentan el 10/11/2026 a las 17:30 horas. Se requiere garantía de seriedad del 5% y garantía de cumplimiento del 10%. Visita al sitio optativa el 29/10/2026 y junta de aclaraciones el 30/10/2026. No se permite subcontratación. Se debe contratar al menos 20% de mano de obra local.
El plazo de ejecución de la obra será de 30 días naturales, con inicio estimado el 02 de diciembre de 2026. Según el documento: el plazo de ejecución de la obra será de 30 días naturales.
Se otorgará un anticipo del 40% y las estimaciones mensuales se pagarán en un plazo no mayor a 30 días naturales. El documento indica: se otorgará 40 de anticipo y serán pagadas en un plazo no mayor de treinta 30 días naturales.
Se requiere garantía de seriedad del 5% del monto total de la propuesta y garantía de cumplimiento del 10% del monto total contratado. El documento señala: garantía de seriedad. . . por un importe equivalente al cinco por ciento 5% del monto total de su propuesta y fianza. . . por el 10 diez por ciento del monto total contratado.
Se requiere estar registrado en el padrón único de contratistas del gobierno del estado con especialidades como edificación, rehabilitación de edificaciones, infraestructura de zonas urbanas, guarniciones y banquetes, o parques y jardines. El documento menciona: deberá estar registrada preferentemente en el padrón único de contratistas del gobierno del estado.
El incumplimiento de requisitos establecidos en las bases es causa de descalificación. El documento indica: será causa de descalificación, el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en estas bases.
La visita al sitio es optativa y se realizará el 29 de octubre de 2026 a las 8:15 horas. El documento señala: siendo optativa la asistencia a este acto.
Contra el fallo no procede recurso, pero se puede interponer inconformidad según el título noveno de la ley de obras públicas del estado. El documento menciona: procederá la inconformidad que se interponga por los licitantes en los términos del título noveno capítulo i de la ley.
La descalificación procede por incumplimiento de requisitos, no presentar documentación completa, no contar con capital contable requerido, o no acreditar especialidades. El documento indica: será causa de descalificación, el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en estas bases.