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Evento integral denominado: " primer evento olimpiada del oci y segundo evento olimpiada del oci"
Evento integral denominado: Primer Evento Olimpiada del OCI y Segundo Evento Olimpiada del OCI Servicio de organización y ejecución de eventos, incluyendo hospedaje, alimentación y traslado para 368 personas ( 285 estudiantes, 8 autoridades, 18 talleristas, 12 aplicadores, 1 médico, 24 asesores, 20 staff) en el área metropolitana de Guadalajara. Incluye 155 habitaciones dobles, 5 habitaciones sencillas, 35 cajones de estacionamiento y servicio de seguridad y vigilancia.
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Licitación pública local para la organización del primer y segundo evento de la Olimpiada del OCI en Jalisco. Se requiere la organización integral de eventos, incluyendo hospedaje, alimentación y traslado para 368 personas. La visita de campo es obligatoria. Las propuestas se presentarán el 2 de junio de 2026. El criterio de adjudicación puede ser por puntos y porcentajes, costo beneficio o binario. Las inconformidades se presentan ante la Contraloría del Estado.
Los tiempos de entrega que se establezcan en la propuesta técnica o económica de los participantes deberán considerarse a partir del día hábil siguiente de aquel en que se realice la notificación del fallo.
El pago se efectuará una vez que sea realizada la entrega parcial o total de los bienes/servicios conforme a lo establecido en las presentes bases, y dentro de los 30 días naturales posteriores a la recepción de la documentación correspondiente.
Los participantes adjudicados deberán constituir una garantía para el cumplimiento de su orden de compra o contrato, por el importe del 10% del monto total adjudicado.
Se adjudicará al participante cuya oferta resulte solvente y cumpla con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en estas bases y sus anexos, considerando los criterios de evaluación del anexo 1.
Las penas convencionales a cargo del proveedor por incumplimiento en los pedidos o contratos, podrán fluctuar entre el 3 y el 10% del precio pactado.
La visita de campo es obligatoria.
El participante podrá presentar el recurso de inconformidad en contra de los actos de la licitación.
El participante que incumpla cualquiera de los criterios de desechamiento podrá ser motivo para desechamiento.