La licitación pública nacional electrónica ****, convocada por el ISSSTE, busca adjudicar un contrato para el servicio de hemodiálisis en unidades médicas hospitalarias. El periodo de contratación será del 01 de septiembre de 2025 al 31 de agosto de 2026. Se requiere la presentación de proposiciones técnicas y económicas a través de la plataforma Compranet. Se detallan los requisitos de participación, criterios de evaluación, plazos, y condiciones de pago. Se especifican los documentos adicionales requeridos, incluyendo formatos para la acreditación de la personalidad jurídica, manifestación de interés, etc. Se establecen criterios para la evaluación de las propuestas, incluyendo puntos y porcentajes para la propuesta técnica y económica. Se detallan las condiciones de pago, incluyendo la forma de pago, plazos y documentación necesaria. Se describen las penas convencionales y deducciones por incumplimiento. Se especifica el procedimiento de rescisión del contrato. Se requiere garantía de cumplimiento del contrato.
El servicio se requerirá a partir del 01 de septiembre de 2025 y hasta el 31 de agosto de 2026.
El instituto no otorgará anticipos, se efectuarán pagos por procedimiento realizado y concluido a entera satisfacción del instituto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 73 de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público y 89 y 90 de su reglamento.
La obligación que se garantiza es divisible, para las partidas 1, 2, 3 y 4, por lo que, en caso de incumplimiento, la garantía se aplicará de manera proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.
El contrato será adjudicado al licitante o licitantes para las partidas 1, 2, 3 y 4 que hayan obtenido el mayor resultado en la evaluación combinada de puntos y porcentajes.
Sólo podrán participar las personas morales o físicas que no estén inhabilitadas por resolución de la secretaría, en los términos de la laassp.
Se aplicarán deducciones una vez iniciada la prestación del servicio, cuando ocurran las siguientes causales de incumplimiento: . . .
Las inconformidades deberán presentarse dentro de los plazos que se establecen en el artículo 95 de la laassp.