Se convoca a la contratación del servicio de ingeniería geofísica mediante sondeos transitorios electromagnéticos y magnetotelúricos en el acuífero de Hidalgo, estado de Coahuila. La presentación y apertura de proposiciones será el 6 de julio de 2026 a las 12:00 hrs en la plataforma Comprasmx. El fallo se dará el 8 de julio de 2026 a las 16:00 hrs. La vigencia del contrato será de dos meses a partir del siguiente día hábil del fallo. Se requiere una garantía de cumplimiento del 10% del monto del contrato, a entregar en 10 días naturales. No se otorgará anticipo. El pago se realizará dentro de los 17 días hábiles siguientes a la entrega de la factura, por el servicio efectivamente devengado. No se aceptan proposiciones conjuntas.
La prestación del servicio será en los plazos y lugares establecidos en el anexo técnico, dos meses a partir del siguiente día hábil del fallo.
El IMTA realizará un pago de acuerdo al calendario establecido y por el servicio efectivamente devengado al término del contrato, dentro de los 17 días hábiles siguientes a la entrega de la factura.
Para garantizar el cumplimiento del contrato, se requiere una fianza por un importe del 10% del monto máximo del contrato, a entregar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato.
El contrato se adjudicará al licitante cuya oferta resulte solvente y haya ofertado el precio total más bajo, siempre y cuando éste resulte aceptable y conveniente.
Los licitantes deberán presentar los documentos que acrediten el cumplimiento de todas las especificaciones, poseer plena capacidad jurídica y no encontrarse impedidos civil, mercantil y administrativamente.
Si el licitante incurriera en algún atraso en la prestación del servicio, le será aplicable una pena convencional del 10% por días de atraso, sin que exceda el 10% del monto total del servicio.
No se requiere la realización de pruebas ni la presentación de muestras por parte de los licitantes para esta invitación.
Contra el fallo no procederá recurso alguno, sin embargo, procederá la inconformidad en términos del título séptimo, capítulo primero de la ley.
Las proposiciones que no cumplan con alguno de los requisitos de participación de carácter obligatorio establecidos en esta invitación serán desechadas.