Licitación para el servicio de suministro de gas licuado de petróleo para el AICM. La licitación es electrónica y nacional. La visita a instalaciones es obligatoria. El contrato será abierto y plurianual, con vigencia del 01/07/2026 al 30/06/2027. La adjudicación será al licitante que cumpla requisitos y ofrezca el menor precio. Se requiere garantía de cumplimiento del 20% del monto del contrato. El pago se realizará mensualmente contra factura y acta de entrega-recepción.
Los servicios objeto del presente procedimiento se entregarán conforme a lo estipulado en el anexo T1, especificaciones técnicas de esta convocatoria, así como a lo establecido en el contrato abierto que se formalice con el licitante adjudicado.
El pago del servicio se efectuará en moneda nacional, mensuales por servicio efectuado, presentando factura y original de las actas de entrega-recepción del servicio ejecutado y aceptado, estableciendo en ambos documentos la descripción del servicio y el monto de cada uno de ellos, el cual deberá estar debidamente validado y aprobado por la gerencia de servicios generales de A. I. C. M.
Se requiere una garantía de cumplimiento del 20% del monto del contrato, a nombre del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S. A. de C. V. , a entregar en un plazo de 10 días.
La adjudicación del servicio será mediante contrato abierto por partida única a un solo licitante, que reúna las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por AICM y garantice satisfactoriamente el cumplimiento, y si resultare que dos o más proposiciones son solventes, el contrato abierto se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo.
Los licitantes deberán cumplir con requisitos legales, fiscales y técnicos detallados en la convocatoria, incluyendo la presentación de diversos escritos y documentos que acrediten su personalidad jurídica, capacidad técnica y cumplimiento normativo.
Se aplicarán medidas de penalización y deductivas en caso de incumplimiento del contrato abierto, incluyendo penas convencionales y deductivas.
La visita a las instalaciones del aeropuerto es obligatoria y se realizará el 15 de junio de 2026 a las 10:00 horas en la Gerencia de Recursos Materiales.
Contra el fallo no procederá recurso alguno, sin embargo, procederá la inconformidad en términos del título séptimo, capítulo primero, de la LAASSP.
El incumplimiento de requisitos legales, técnicos o económicos, la presentación de información falsa, o la falta de cumplimiento de las normas aplicables pueden ser motivo de desechamiento de la propuesta.