Licitación para la supervisión y control de calidad de trabajos de conservación y mantenimiento de obra civil, eléctrica y electromecánica en presas del distrito de riego 052 en Durango. El procedimiento es una invitación a cuando menos tres personas de carácter nacional. La visita al sitio es obligatoria el 5 de junio de 2026. La junta de aclaraciones será el 9 de junio de 2026. La presentación y apertura de proposiciones será el 16 de junio de 2026. El fallo se dará a conocer el 23 de junio de 2026. El contrato se firmará el 25 de junio de 2026. No se otorgan anticipos. El plazo de ejecución es de 128 días naturales, iniciando el 26 de junio de 2026 y concluyendo el 31 de octubre de 2026.
El plazo de ejecución de los servicios será de 128 días naturales, contados a partir de la fecha de inicio de los mismos, la cual está estimada para el 26 de junio de 2026 y su conclusión el 31 de octubre de 2026.
Los trabajos o servicios objeto de la presente convocatoria, se pagarán conforme a lo establecido en el catálogo de conceptos, mediante la formulación de estimaciones sujetas al avance con base en los términos de referencia. Las estimaciones serán pagadas a través de transferencia electrónica de fondos, en cuenta de cheques con CLABE bancaria estandarizada contratada con institución bancaria, dentro de un plazo no mayor de 20 veinte días naturales, contados a partir de la fecha en que hayan sido autorizadas por la residencia de los trabajos y el contratista haya entregado la factura respectiva.
Se requiere una garantía de cumplimiento del 10% del monto del contrato y una garantía sobre obras o servicios y vicios ocultos por 12 meses.
El criterio de evaluación es binario.
Los licitantes deberán presentar diversos escritos bajo protesta de decir verdad, manifestando cumplimiento con la ley y reglamento, así como documentación legal y administrativa que acredite su existencia y facultades.
La visita al sitio de los servicios es obligatoria y se realizará el 5 de junio de 2026 a las 10:00 hrs. El lugar de reunión será en las oficinas del Distrito de Riego 052.
Contra el fallo no procederá recurso alguno, sin embargo, procederá la inconformidad en términos del título séptimo, capítulo primero de la LOPSRM.
Las proposiciones podrán ser desechadas si el archivo electrónico no puede abrirse por virus informático, si no se presentan los documentos requeridos, o si se incumplen disposiciones legales.