Licitación pública nacional para el servicio de una solución tecnológica de control de asistencia y tiempo laboral. El contrato será plurianual (****). La participación es electrónica a través de la plataforma ComprasMX. Se requiere la entrega de muestras físicas del equipamiento. El criterio de adjudicación es por puntos y porcentajes (60% técnico, 40% económico). La vigencia del contrato es de hasta 23 meses. El pago se realizará en un plazo máximo de 17 días hábiles. Se requiere una garantía de cumplimiento del 10% del monto del contrato.
La entrega del equipamiento debe realizarse a partir de la notificación del fallo, con instalación y puesta a punto de terminales biométricas en 7 días hábiles y servidor/aplicativo en 15 días hábiles. Las personalizaciones de código tendrán hasta 20 días hábiles. La entrega total de equipos, software y accesorios es de 30 días hábiles.
El pago se realizará en un plazo máximo de 17 días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha en que sea entregado y aceptado el comprobante fiscal digital por internet (CFDI) a SENEAM, con la validación del administrador del contrato.
Se requiere una garantía de cumplimiento del 10% del monto del contrato, a nombre de la Tesorería de la Federación, a entregar en 10 días hábiles.
El criterio de evaluación será mediante puntos y porcentajes, con un máximo de 60% para requerimientos técnicos y 40% para requerimientos económicos.
Se requiere la presentación de diversos documentos legales y administrativos, incluyendo constancia de situación fiscal, opiniones de cumplimiento de obligaciones fiscales (SAT, IMSS, INFONAVIT), y en su caso, registro REPSE.
El administrador del contrato será responsable de calcular y notificar al proveedor las penas convencionales y deductivas por incumplimiento a los niveles de servicio.
Para el presente procedimiento, se deberá entregar 1 muestra física del equipamiento el día 16 de junio de 2026, de 09:00 a 15:00 hrs, en la sala de juntas de la Dirección de Recursos Materiales de SENEAM.
Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno, sin embargo, procederán las inconformidades que interpongan los licitantes, en los términos del artículo 95 de la Ley.
La falsedad en las manifestaciones, la no presentación de documentos obligatorios, o el incumplimiento de requisitos legales, administrativos, técnicos y económicos pueden ser motivo de descalificación.