La Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán (JAPAY) convoca a la licitación pública estatal **** para la contratación de servicios integrales de administración, transferencia de datos y operación de recursos hidráulicos. El costo de las bases es de $8,**** fecha para la junta de aclaraciones es el 19 de marzo de 2026 a las 12:00 horas, el acto de apertura de ofertas el 25 de marzo de 2026 a las 10:00 horas, y el acto de fallo el 27 de marzo de 2026 a las 13:00 horas. Las bases se podrán adquirir en el departamento de ingresos de la JAPAY o mediante transferencia bancaria. La entrega de bases será en las oficinas de la jefatura de compras de la JAPAY los días 12, 13 y 18 de marzo de 2026. No se aceptan propuestas por servicio postal, mensajería o plataforma. Las propuestas se evaluarán de forma cuantitativa y cualitativa. El servicio se brindará en las ubicaciones marcadas en las bases, con plazo del 1 de abril al 31 de diciembre de 2026. No se dará anticipo y el pago se realizará en 30 días naturales vía transferencia. Los servicios no pueden ser subcontratados y las condiciones de las bases y propuestas no serán negociadas.
El plazo para la prestación del servicio de la partida única es de acuerdo a las necesidades de la convocante y será a partir del 1 de abril de 2026 al 31 de diciembre de 2026.
El pago será mediante moneda nacional y se efectuará en un plazo de 30 naturales vía transferencia. No se dará anticipo por el servicio.
Se adjudicará la partida única a un solo postor, siempre que su propuesta satisfaga las mejores condiciones precio, calidad, solvencia económica, etc. , a favor de la convocante. Como criterio de adjudicación lo contenido en el artículo 24 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles, y los artículos 24 y 43 del Acuerdo SAF ****.
No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 16, 17 y 27 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles del Estado de Yucatán. No podrán participar las demás personas descritas en el artículo 32, fracción IV, inciso I del Acuerdo SAF **** podrán participar las personas físicas o morales que se encuentran en los supuestos de los artículos 69b del Código Fiscal de la Federación, así como los artículos 87, fracción I, inciso b o fracción II, inciso b, 69, 70, 71 y 72 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Yucatán.