Se convoca a personas físicas o morales mexicanas para la contratación del servicio de vigilancia para inmuebles de la SADER en Campeche, del 16 de junio al 31 de diciembre de 2026. La participación es exclusivamente electrónica a través de la plataforma ComprasMX. La adjudicación será por partida completa al participante que cumpla con los requisitos legales, técnicos y económicos, y oferte el precio más bajo. Se requiere presentar opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales y de seguridad social, así como permisos de seguridad privada. La garantía de cumplimiento será del 10% del monto máximo del contrato.
La vigencia del contrato será a partir del 16 de junio y hasta el 31 de diciembre del 2026.
El monto total mensual del servicio se cubrirá por cada comprobante fiscal digital que expida el proveedor, dentro de los 17 días hábiles siguientes a la prestación y aceptación del mismo.
Se requiere una fianza como garantía de cumplimiento por un importe equivalente al 10% del monto máximo del contrato, a favor de la Tesorería de la Federación, a entregar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato.
El servicio se adjudicará al licitante que reúna las mejores condiciones legales, técnicas y económicas, y oferte el precio más bajo.
Los participantes deberán presentar diversos documentos legales y administrativos, incluyendo manifestaciones de no encontrarse inhabilitados, declaración de integridad, y comprobantes de domicilio.
Las penas convencionales se aplicarán de conformidad con los artículos 75 y 76 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su acumulación no excederá el 10% del monto total del contrato.
Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno, sin embargo, procederá la inconformidad que se interponga por los participantes en los términos del título séptimo, capítulo primero de la Ley.
Las proposiciones serán desechadas si no presentan la documentación solicitada, si se comprueba que acordaron con otros participantes la elevación de precios, o si se detecta que el participante se encuentra en supuestos de los artículos 71 y 90 de la Ley.