El concurso es para el servicio de comedor en el Centro Nacional de Capacitación Ixtapantongo. La presentación de aclaraciones es del 22 al 24 de diciembre de 2025. La fecha límite para la presentación de ofertas es el 13 de enero de 2026. La apertura de ofertas técnicas es el 13 de enero de 2026 y la apertura de ofertas económicas es el 20 de enero de 2026. El fallo es el 27 de enero de 2026. Se requiere cumplir con los requisitos técnicos, legales y administrativos. El pago se realizará a los 30 días naturales posteriores a la entrega y aceptación de la factura. Se aplicarán penas convencionales por atraso.
El pliego indica que el plazo de prestación de los servicios es a los 5 días naturales posteriores a la formalización del contrato y hasta el 19 de diciembre de 2026, de 07:00 a 22:00 horas.
El pliego indica que cfe, realizará el pago a los 30 treinta días naturales posteriores a la entrega y aceptación de la factura, previo a la prestación y aceptación de los servicios, a su entera satisfacción.
El pliego indica que la garantía del cumplimiento del contrato disposición 55 fracción iii de las disposiciones generales será divisible por una cantidad equivalente al 10 diez por ciento del monto máximo del contrato, sin incluir el iva anexos 8a y 8a bis.
El pliego indica que para este procedimiento se evaluarán las ofertas con base en el criterio de evaluación por precio de acuerdo con el precio base de descuento.
El pliego indica que pueden participar las personas físicas y morales, de nacionalidad mexicana que cumplan con los requerimientos indicados en el pliego de requisitos.
El pliego indica que se establecerán penas convencionales a cargo del proveedor por atraso en el cumplimiento de las obligaciones, el porcentaje máximo de las penas convencionales será determinado conforme al anexo 19 criterios para la determinación del porcentaje máximo de las penas convencionales yo deducciones a establecer en contratos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios.
El pliego indica que en contra del fallo o la determinación que declare desierto el concurso procederá: a el recurso de reconsideración previsto en el artículo 86 fracción i, de la ley de la empresa pública del estado, comisión federal de electricidad y en los artículos 45 al 64 del reglamento de la ley de la empresa pública del estado, comisión federal de electricidad. b la acción jurisdiccional que corresponda ante el tribunal federal de justicia administrativa.