MÉXICO | CDMX | LA CONSTITUCIÓN TOLTEPEC
Liconsa S.a. De C.v. - Gerencia Estatal Valle De Toluca
Servicio Integral de Limpieza a través de Contrato Marco
Contratación para el servicio integral de limpieza a través de contrato marco para LICONSA, S. A. de C. V.
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El servicio se deberá otorgar de acuerdo con las fechas, lugar para la prestación del servicio y requisitos señalados en el anexo VI anexo técnico, en el cual se establece la descripción, especificaciones, cantidades, unidad de medida, características y condiciones del servicio, por lo que las proposiciones de los posibles proveedores deberán apegarse a dicho anexo.
Los pagos correspondientes se realizarán por el 100 cien por ciento por la recepción de los servicios a entera satisfacción de la convocante, a través de cheque nominativo o transferencia bancaria electrónica cumpliendo con los requisitos establecidos por la coordinación de finanzas a favor del licitante adjudicado cumpliendo con lo establecido en esta convocatoria y el contrato respectivo.
El licitante adjudicado queda obligado ante la convocante a responder de las deficiencias en la calidad de los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que incurra, en los términos señalados en la convocatoria, en el contrato que se celebre, derivado de este procedimiento de contratación y en la legislación aplicable.
El criterio que se utilizará para la evaluación de las proposiciones y adjudicación del o los contratos será: criterio binario, de conformidad a los artículos 36 y 36 bis fracción. ii de la ley y 51 del reglamento toda vez que no se requiere vincular las condiciones que debe cumplir el licitante con las características y especificaciones de los servicios a contratar ya que éste se encuentra estandarizado en el mercado y el factor preponderante que se considera para la adjudicación del contrato es el precio más bajo, considerando las propuestas que resulten solventes técnicamente.
Los participantes invitados deberán manifestar en su propuesta económica, que aceptan sostener los precios unitarios fijos durante la vigencia de la propuesta y del contrato, hasta el vencimiento de los mismos, por lo que no podrá agregar ningún costo extra.
La pena convencional que se aplicara por los servicios, conforme al plazo establecido en el contrato correspondiente por la convocante, será del 2 dos por ciento por cada día hábil de retraso injustificado, del importe de los servicios que no sean realizados oportunamente, hasta un máximo equivalente a la garantía de cumplimiento del contrato.
Considerando la naturaleza de los servicios a contratar, para el presente procedimiento de contratación no se requiere realizar visita a las instalaciones de liconsa.
Los licitantes podrán presentar inconformidades por escrito, en las oficinas de la SFP, sita en av. de los insurgentes sur número ****, colonia guadalupe inn, ****, alcaldía álvaro obregón, méxico d. f. o ante el órgano interno de control de la convocante ubicado en el tercer piso de ricardo torres número 1, fraccionamiento lomas de sotelo, código postal ****, naucalpan de juárez, estado de méxico, dentro de los seis días hábiles siguientes en que ocurra el acto impugnado.