Licitación pública nacional para la supervisión técnica, financiera y de control de calidad de la rehabilitación y modernización de las presas P. Gral. Agustín Olachea Avilés (Santa Inés) y P. Alberto Andrés Alvarado Arámburo (La Higuerilla) en Baja California Sur. El procedimiento es de carácter nacional, con modalidad de licitación pública. La visita a las instalaciones es obligatoria los días 03 y 04 de junio de 2026. La junta de aclaraciones será el 05 de junio de 2026. La presentación y apertura de proposiciones se realizará el 12 de junio de 2026. El fallo se emitirá el 19 de junio de 2026 y la firma del contrato el 26 de junio de 2026. El plazo de ejecución de los servicios es de 75 días naturales. Se requiere garantía de cumplimiento del 10% del monto del contrato y garantía sobre vicios ocultos por 12 meses. La participación es electrónica a través de la plataforma ComprasMX.
El plazo de ejecución de los servicios relacionados con la obra pública será de 75 setenta y cinco días naturales, contados a partir de la fecha de iniciación de la misma. La fecha estimada para el inicio de los servicios será el día 29 de junio de 2026 y la fecha de terminación será el día 11 de septiembre de 2026.
Las condiciones de pago en los contratos serán a precios unitarios.
Se requiere garantía de cumplimiento del 10% del monto del contrato y garantía sobre obras o servicios y vicios ocultos por 12 meses.
El criterio de evaluación es binario.
Los licitantes deberán presentar diversos escritos bajo protesta de decir verdad, incluyendo acreditamiento de personalidad jurídica, declaración de integridad, manifestación de nacionalidad mexicana, manifiesto de cumplimiento de normas oficiales, y comprobación de estar al corriente en obligaciones fiscales, de seguridad social y de cuotas patronales del INFONAVIT.
Aplica visita. La fecha y hora de la visita a las instalaciones es el 03 de junio de 2026 a las 13:00 horas, en La Huigerilla y Santa Inés.
La falta de presentación de documentos requeridos, falsedad en las manifestaciones, o la evasión de efectos de inhabilitación pueden ser motivo de desechamiento de la proposición o abstención de firmar el contrato.