La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) convoca a la licitación pública nacional para la reconstrucción del puente El Tepetate en Puebla. El procedimiento se llevará a cabo de forma electrónica a través de la plataforma ComprasMX, con una visita presencial al sitio de los trabajos. La evaluación de las propuestas se realizará mediante un mecanismo de puntos, considerando aspectos técnicos y económicos. Se requiere que los licitantes demuestren experiencia y capacidad técnica y financiera en obras similares. El plazo para la presentación y apertura de proposiciones digitales es el 10 de abril de 2026. Se detallan los requisitos de documentación, los criterios de evaluación, las causales de desechamiento de proposiciones y el modelo de contrato.
El plazo para la ejecución de los trabajos será de 213 días naturales, iniciando el 20 de abril de 2026.
Los pagos se realizarán de forma calendarizada mensualmente, mediante estimaciones, y se pagarán electrónicamente a la cuenta proporcionada por el contratista dentro de un plazo de 20 días naturales a partir de su autorización.
El contratista deberá firmar el contrato y sus anexos, previa entrega de la garantía de cumplimiento por el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato, y de ser el caso, por el cien por ciento (100%) del monto del anticipo.
El contrato se adjudicará al licitante cuya proposición resulte solvente, reúna las condiciones técnicas y económicas requeridas, y obtenga el mayor puntaje.
La licitación está abierta a personas físicas o morales de nacionalidad mexicana. Se requiere demostrar experiencia, capacidad técnica y financiera en obras similares.
Se aplicarán penas convencionales por atraso en la ejecución de los trabajos, determinadas en función del importe de los trabajos no ejecutados en la fecha pactada.
La visita al sitio de los trabajos es obligatoria y se realizará el 31 de marzo de 2026 a las 10:00 horas.
El envío de muestras no es un requisito especificado en el aviso.
Las inconformidades podrán presentarse por escrito ante la Dirección General de Inconformidades o a través de la plataforma, de acuerdo a los artículos 83 y 84 de la Ley.