Licitación pública local para la adquisición de refacciones vehiculares para la Secretaría de Educación de Jalisco. La convocatoria está dirigida a empresas con domicilio fiscal en el estado de Jalisco. Las fechas clave incluyen la recepción de preguntas hasta el 10/06/2026, la junta aclaratoria el 15/06/2026 y el acto de presentación y apertura de proposiciones el 19/06/2026. La visita de campo y la presentación de muestras son obligatorias. El criterio de adjudicación se basará en puntos y porcentajes, costo-beneficio o binario. Se requiere garantía de cumplimiento del 10% del monto adjudicado. El pago se realizará dentro de los 30 días naturales posteriores a la recepción de la documentación y entrega de bienes.
Los tiempos de entrega deberán considerarse a partir del día hábil siguiente de aquel en que se realice la notificación del fallo.
El pago se efectuará una vez que sea realizada la entrega parcial o total de los bienes/servicios conforme a lo establecido en las presentes bases, y dentro de los 30 días naturales posteriores a la recepción de la documentación correspondiente.
Los participantes adjudicados deberán constituir una garantía para el cumplimiento de su orden de compra o contrato, por el importe del 10% del monto total adjudicado.
La evaluación de las proposiciones será conforme a lo estipulado en la portada de las presentes bases respecto a los criterios de evaluación: puntos y porcentajes, costo beneficio o binario.
El participante deberá estar registrado y activo ante el padrón de proveedores. En caso de ganar la licitación, tendrá 5 días hábiles para realizar el trámite correspondiente.
Las penas convencionales a cargo del proveedor por incumplimiento podrán fluctuar entre el 3% y el 10% del precio pactado, dependiendo del bien o servicio.
obligatoriedad de la visita de campo visita de campo obligatorio i si 1 no x
obligatoriedad de las muestras f�sicas muestras f�sicas obligatorio isi 1 no x
El participante podrá presentar el recurso de inconformidad en contra de los actos de la licitación, solicitar el proceso de conciliación ante cualquier diferencia derivada del cumplimiento de los contratos o pedidos y presentar quejas o denuncias.
La dirección o el comité podrán desechar las propuestas de los participantes que incurran en diversas situaciones, como encontrarse en los casos previstos por el artículo 52 de la ley o presentar datos falsos en la documentación solicitada.