La licitación pública local **** sin concurrencia de comité tiene como objeto la adquisición de muebles para la Dirección de Capacitación y Academias Municipales. La presentación y apertura de propuestas es el 05 de diciembre de 2025. El pago se realizará en una sola exhibición o parcialidades. Se requiere presentar el manifiesto de personalidad, así como la copia de la identificación oficial vigente. La asistencia a la junta de aclaraciones es optativa, pero las determinaciones son obligatorias. No se requiere visita de campo ni muestras físicas. El criterio de evaluación es binario, adjudicándose al precio más bajo. El fallo se emitirá dentro de los 20 días naturales siguientes a la apertura de propuestas. La vigencia del contrato es hasta el 31 de diciembre de 2025. Se requiere una garantía del 10% del monto total del contrato si es superior a cuatro mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización.
El participante deberá garantizar el cumplimiento del plazo de entrega establecido, el cual será a más tardar el 31 de diciembre de 2025.
Para el procedimiento de adquisición, el pago se realizará en una sola exhibición yo parcialidades.
En caso de que el monto total del contrato incluyendo el i. v. a. , sea superior a el equivalente a cuatro mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización, el proveedor deberá entregar una garantía del 10 diez por ciento del monto total del contrato con el i. v. a. incluido.
El presente proceso de adquisición se adjudicarán los consecutivos de las partidas al los participante s, que cumpla n conlos requisitos legales, administrativos y técnicos y además de la evaluación económica cuente con el precio más económico.
El participante deberá presentar al momento del registro para el acto de presentación y apertura de propuestas, el manifiesto de personalidad anexo a estas bases, con firma autógrafa, así como la copia de la identificación oficial vigente de la persona que vaya a realizar la entrega del sobre cerrado.
En caso de que el proveedor tenga atraso en la prestación del servicio por cualquier causa que no sea derivada del municipio de guadalajara, el área requirente aplicará una pena convencional.
Para este procedimiento de adquisición no se requiere visita de campo.
Para este procedimiento de adquisición no se requiere muestras físicas.
Se dará curso al procedimiento de inconformidad conforme a lo establecido por los artículos 91 y 92 de la ley.