El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) Hospital de Gineco Pediatría UMAE No. 48 convoca a la licitación pública nacional para la contratación del servicio de monitoreo a través de circuito cerrado de TV para el ejercicio 2026. La licitación se llevará a cabo de forma electrónica, con fecha límite para la presentación de proposiciones el 9 de junio de 2026. El contrato tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026. Se requiere la instalación de cámaras, DVRs y pantallas, así como el mantenimiento preventivo y correctivo del sistema. La evaluación de las propuestas se basará en un sistema de puntos y porcentajes, con un máximo de 60 puntos para la propuesta técnica y 40 para la económica. No se otorgarán anticipos. La garantía de cumplimiento del contrato será del 10% del monto total.
El proveedor se obliga a iniciar el servicio de monitoreo a través de CCTV al día siguiente de la emisión del fallo hasta el 31 de diciembre del 2026. La instalación del sistema de CCTV deberá realizarse dentro de los 10 días hábiles a partir de la fecha de inicio de la prestación del servicio. El plazo de contratación comprenderá el período a partir de la fecha del fallo al 31 de diciembre del 2026.
El pago se realizará en pesos mexicanos, mediante pagos progresivos al proveedor una vez prestados los servicios de conformidad con el anexo 1 Anexo Técnico y el anexo 2 Términos y Condiciones, de acuerdo con el procedimiento para la recepción, glosa y aprobación de documentos presentados para trámite de pago y la constitución, modificación, cancelación, operación y control de fondos fijos. Los pagos serán mensuales. No se otorgarán anticipos.
El licitante ganador deberá presentar una fianza expedida por afianzadora debidamente constituida, por un importe equivalente al 10% del monto máximo total del contrato, sin considerar el impuesto al valor agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social. Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato.
La evaluación de las proposiciones se basará en la información documental presentada por los licitantes conforme al anexo número 7 siete, observando lo previsto en el artículo 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en lo relativo al criterio puntos y porcentajes, conforme lo estipulado en el anexo 1 uno, de la presente convocatoria. La proposición solvente más conveniente para el estado, será aquélla que reúna la mayor puntuación o unidades porcentuales.
El Instituto aplicará penas convencionales al proveedor, conforme lo establecido en el anexo 1 uno de la presente convocatoria. Se aplicará una pena convencional por cada día natural de atraso en la prestación del servicio oportunamente, en el entendido que el monto de las penas convencionales por atraso no excederá del monto máximo de la garantía de cumplimiento del contrato. Las deducciones se aplicarán en caso de incumplimiento parcial o deficiente de las características solicitadas en el anexo 1. Anexo Técnico.
Se contempla una visita por parte del Instituto, o presentar comprobante de verificación del domicilio fiscal registrado ante el SAT, donde se llevan a cabo las actividades económicas o administrativas del contribuyente.
De conformidad con lo dispuesto en artículo 96 de la LAASSP, los licitantes podrán interponer inconformidad ante el órgano interno de control en el Instituto Mexicano de Seguro Social IMSS, o a través de la dirección https:comprasmx, buengobierno. gob. mx, por actos del procedimiento de contratación que contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto del mencionado ordenamiento.
Las causas de desechamiento incluyen el incumplimiento de requisitos establecidos en la convocatoria, acuerdos con otros licitantes para elevar costos, violación de disposiciones legales, no cotizar la totalidad del servicio requerido, no presentar escritos o manifiestos solicitados, documentos ilegibles, presentar más de una propuesta, falta de firma electrónica válida, discrepancia entre propuesta técnica y económica, y incumplimiento en proposiciones conjuntas.
El importe máximo para el servicio de monitoreo a través de circuito cerrado de TV es de $850,**** (ochocientos cincuenta mil pesos 00/100 M. N. ) y el importe mínimo es de $340,**** (trescientos cuarenta mil pesos 00/100 M. N. ).